Debido a la evolución reciente de la situación epidemiológica en países de la Unión Europea próximos a España y, especialmente, la detección de focos confirmados de Dermatosis Nodular Contagiosa en la provincia de Gerona (Comunidad Autónoma de Cataluña) durante el mes de octubre de 2025, se ha establecido por la Junta de Andalucía como medida de prevención, suspender la validez de las Tarjeta de Movimiento Equino (TME) para movimientos equinos que tengan como origen o destino explotaciones de la Comunidad Autónoma Andaluza. Durante el periodo de vigencia de estas medidas, Todos los movimientos de ganado de la especie equina deberán ir acompañados de la correspondiente documentación de movimiento pecuario (guía de traslado). Las entradas de animales de especies ganaderas procedentes de otros Estados miembros, incluyendo equinos destinados a concursos, certámenes o concentraciones, serán siempre amparadas por una certificación oficial del movimiento emitidas y certificadas a través del sistema TRACES.
Todos los vehículos de transporte de ganado que efectúen movimientos de entrada en Andalucía deberán haber sido sometidos a limpieza y desinfección en un centro autorizado, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 638/2019, de 8 de noviembre, por el que se establecen las condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera de animales vivos, productos para la alimentación de animales de producción y subproductos de origen animal no destinados al consumo humano, y se crea el Registro nacional de centros de limpieza y desinfección y aportar el correspondiente certificado de desinfección a la explotación de destino.
Así mismo se Incluye la obligación de desinsectar o tratar con repelentes animales y vehículos antes del traslado a las instalaciones del concurso, certamen o concentración, así como una nueva desinsectación de los vehículos y repelentes en animales antes de la entrada y salida de los mismos